Autor: Francisca Ayala Cea
Edición: Reflexión y Debate, Centro Democracia y Comunidad
N° 13, Año 2016
Descripción: El Derecho Humano al Agua es importante no solo por una cuestión de subsistencia, sino que también por la dignidad inherente al ser humano, esto hace que sea esencial consagrarlo dentro de las categorías jurídicas. (…)En la actual Constitución Política de la República de nuestro país no está expresamente consagrado y reconocido el Derecho Humano al Agua, sin embargo por medio del art. 5 inc. 2 de este cuerpo normativo se permite integrar los tratados internacionales (suscritos por Chile y que se encuentran vigentes) al orden jurídico interno.
Esto conlleva a que el Estado tenga la obligación de adecuar la normativa nacional, para dar protección a las garantías fundamentales, debido a que en nuestra actual Constitución no existe alguna norma que asegure “expresamente” el derecho al agua suficiente, saludable, aceptable, accesible y asequible para uso personal y doméstico .